Bringbiz Colombia

CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIO


Entre los suscritos a saber  obrando a nombre propio, identificado con Numero   domiciliado en quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denomina como EL CONTRATISTA, de una parte y,  de la otra BRINGBIZ COLOMBIA SAS, identificada con NIT 901562622-0 de Bogotá D.C, quien en adelante y para los efectos del presente contrato se denomina como EL CONTRATANTE, han convenido en celebrar el presente contrato de desarrollo de un sitio de Internet, sujeto al siguiente:

PRIMERA: Objeto del Contrato: El CONTRATISTA deberá prestar por sus propios medios dentro del plazo acordado, los servicios y/o actividades enunciadas a lo largo del presente contrato. Como contraprestación recibirá por parte del CONTRATANTE unas sumas de dinero, a título de honorarios.
SEGUNDA: Plazo de Ejecución. El término de duración del presente contrato, será de un mes, contado a partir de la firma del mismo, el cual tiene como objeto las actividades descritas adelante, además de aquellas que por la naturaleza del mismo resulten pertinentes. 
TERCERA: Valor. EL CONTRATANTE pagará al EL CONTRATISTA una suma de dinero que asciende a OCHOCIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS $800.000 por la totalidad de las actividades realizadas y recibidas a satisfacción por parte de EL CONTRATANTE. 
Parágrafo. Forma de Pago. El valor descrito en este clausula se pagará así: Quincenalmente se debe adjuntar cuenta de cobro para generar el deposito correspondinte a los dias trabajados. 
CUARTA: Subcontratación, EL CONTRATISTA se compromete a asumir las cargas contractuales u obligaciones laborales resultado de relaciones externas al presente vínculo, que tengan por finalidad el cumplimiento total o parcial del objeto contractual.
Parágrafo: EL CONTRATISTA se compromete a mantener indemne al CONTRATANTE de las acciones legales que sus dependientes ejerzan en su contra.
QUINTA: Obligaciones Del Contratista. El CONTRATISTA se obliga a ejecutar el Objeto del Contrato, razón por la cual tendrá las siguientes obligaciones:
-Poner a completa disposición su capacidad de diseño y creación de piezas, diseño web, imagenes etc sujetas a clientes de Bringbiz Colombia.
-PROPIEDAD INTELECTUAL. EL CONTRATISTA reconoce expresamente que pertenece a EL CONTRATANTE la plena y exclusiva titularidad y propiedad de todos y cada uno de los elementos diseñados bajo el nombre de Bringbiz Colombia, por este acto EL CONTRATISTA cede y transfiere, en forma irrevocable y sin limitación alguna AL CONTRATANTE, todos los derechos patrimoniales de autor derivados del diseño de sitio Web y acciones que le corresponden, y que le sean reconocidos en el futuro en cualquier país.
-CONFIDENCIALIDAD Además de las obligaciones que emanan de la naturaleza del acuerdo del que da cuenta el presente contrato EL CONTRATISTA receptor de información confidencial estará obligado a:
-Mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información a ninguna otra parte, relacionada o no, sin el consentimiento previo escrito de EL CONTRATANTE.
-Instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información confidencial que reciban como confidencial y destinada únicamente al propósito objeto del acuerdo, en los mismos términos en que se establece en el presente instrumento.
-Divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización.
-Tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente del CONTRATANTE, y no utilizar ningún dato de esa información de ninguna manera distinta al propósito del presente acuerdo.
-No manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento, salvo que sea expresamente autorizado por escrito a hacerlo por el CONTRATANTE.
-La divulgación o el uso de la Información por el CONTRATISTA en infracción de este acuerdo será considerado causal de indemnización de perjuicios
SEXTA: Las sumas de dinero que eventualmente sean reconocidas por EL CONTRATANTE al CONTRATISTA son por mera liberalidad y de ninguna manera pueden ser considerados como hechos o actos que infieran una relación de naturaleza laboral. 
SÉPTIMA: Solución de conflictos. Se acuerda que de presentarse un conflicto entre las partes, en el marco del presente contrato, las partes deberán acudir en primera instancia a un centro de conciliación certificado.
OCTAVA: Domicilio. Para todos los efectos legales y de notificación el domicilio de las partes es: el EMPLEADOR: la ciudad de Bogotá D.C.; y el TRABAJADOR, la ciudad de Bogotá D.C.
En señal de conformidad y por tratarse de un contrato de prestación de servicios profesionales, todos los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato se regularán por el Código Civil Colombiano. En constancia de lo anterior se firma de manera remota, 27/09/2023

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Nombre del Documento: CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIO
Unique Document ID: 343fc032625b06bca9abbded0eebaa1e469b5634
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11/08/2023 18:37 -05CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIO Uploaded by Luis Felipe Acero Muñoz - [email protected] IP 190.24.5.180